La Constitución De 1999
Resumen
Segunda Parte
Los principios fundamentales de la organización del Estado y del sistema político
I. Las ideas del Preámbulo
La constitución de 1999 al igual que las de 1811, 1947 y 1961 esta precedida por un preámbulo en el cual se detallan una serie de propósitos. El Preámbulo constituye la base fundamental, el presupuesto que sirve de fundamento a la norma constitucional; señala los valores sociales y económicos, políticos y jurídicos que inspiran la decisión del estado y establece los objetivos del pacto de organización política del texto constitucional. Las declaraciones del Preámbulo forman el conjunto de principios y políticas que los órganos del estado deben necesariamente seguir, a pesar de que lo gobiernos tengan diversos signos ideológicos, y que pueden identificarse como objetivos políticos, sociales e internacionales.
- Como Declaraciones iniciales, el Preámbulo contiene:
A. La constitución como emanación del pueblo.
B. El poder originario del pueblo y la invocación de Dios.
C. La invocación al Libertador y a los forjadores de
2. Los fines políticos:
A. La refundación de
B. El perfeccionamiento de la democracia.
C. Las características socioculturales de la sociedad.
D. Las características del Estado.
E. Los valores de la sociedad política.
3. Los fines sociales
A. Los derechos humanos esenciales.
B. La justicia social
C. La igualdad
4. Los fines internacionales
A. La cooperación.
B. La integración Latinoamericana.
II La Republica como “Republica Bolivariana de Venezuela” y los fundamentos del Estado.
1. La configuración de la Republica: el articulo 1º define la Republica y precisa su independencia, los valores esenciales y los derechos irrenunciables de la nación.
A. Se observa La denominación de la Republica como Republica Bolivariana de Venezuela como la innovación más destacada del artículo 1º.
B .En el artículo 1º se señala que la Republica es irrevocablemente libre e independiente.
C. Los valores de la Republica, conforme al artículo 1º, estos valores se fundamentan en la doctrina del Libertador Simón Bolívar.
D. Los derechos de
- La configuración del estado
- El artículo 2 de la constitución define a Venezuela, como un estado democrático y social de derecho y de justicia.
- La constitución define como valores superiores del ordenamiento jurídico, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, la ética y el pluralismo político.
- Los fines del estado
A. El artículo 3 contiene unos fines esenciales, que se resumen como fines económicos sociales, fines políticos y fines jurídicos.
B. Como garantía constitucional mas importante se precisa la del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución.
C. Los procesos sociales: educación y trabajo, se precisan fundamentales para alcanzar los fines antes mencionados.
- Los símbolos de la patria, al igual que en la constitución de 1961, se enumeran los siguientes: la bandera nacional, con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional gloria al bravo pueblo y el escudo de armas.
- El idioma oficial, en el artículo 9 al igual que en el artículo 6 de la constitución de 1962 se establece que el idioma oficial es el castellano y no el español. Como innovación del artículo 9 de la constitución de 1999 se hace referencia al reconocimiento de los idiomas indígenas.
III El territorio nacional y demás espacios geográficos del estado
1. Definición del territorio
A. El uti possidetis juris, al igual que la constitución de 1961 El territorio y demás espacios geográficos de
2. La soberanía y los espacios geográficos, según el articulo 11, La soberanía plena de
3. La inalienabilidad del territorio A. Este Principio establece que el territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado temporal o parcialmente a estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.
B. El territorio Nacional como territorio de paz, razón por la cual no se pueden establecer en las bases militares extranjeras. C. Las sedes internacionales, Los Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares dentro del área que se determine y mediante garantías de reciprocidad, con las limitaciones que establezca la ley
No hay comentarios:
Publicar un comentario