domingo, 26 de agosto de 2007

POLITEIA
Cuentario del Derecho Constitucional comparado de Manuel García Pelayo


Luís Salamanca


Política y derecho están en un permanente intercambio, en tanto una Constitución es un programa Nacional y en tal sentido es un programa político. Salamanca entiende la relación entre política y derecho Constitucional como de subordinación mutua, pero en dos momentos totalmente separados. Ciertamente las constituciones y el orden jurídico, derivan de la política y de los intereses diversos que se mueven y se imponen en la vida pública.



Juan Linz


García Pelayo creía en la posibilidad de una teoría general de la política que comprendería la formulación de una tipología cuya aplicación pudieran comprenderse las configuraciones políticas. Linz trata de contribuir con dicho objetivo.
Hoy en día se ha llegado a un consenso en que la democracia y las instituciones del Estado de Derecho son la única forma política legítima. El consenso sobre el cual es la mejor forma de gobernar un Estado es que el pueblo pueda en libertad elegir sus gobernantes, q ue ninguna persona o institución tenga poder efectivo que no se derive de un proceso democrático. Sin una Constitución no es posible la democracia.



Allan R. Brewer


En las ultimas dos décadas los países de América Latina han mejorado sus Constituciones. Hemos llegado al siglo XXI con un conjunto de constituciones que contienen un arsenal de instituciones que recogen los mejor de dos siglos de constitucionalismo. Las siguientes son las diez cuestiones constitucionales que se consideran más importantes en el momento actual que conforman las nuevas tendencias del constitucionalismo para enfrentar el nuevo siglo:

Soberanía.
Democracia representativa.
Distribución territorial del poder y la descentralización.
Separación de poderes.
Sistemas de gobierno.
Poder judicial, de su dependencia y autonomía.
Los derechos humanos.
Estado social y su redimensionamiento.
Control de la constitucionalidad de las leyes.
La revisión constitucional.

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